comunidad denuncia, desacato de escuela en cumplimiento a resolución del Ministerio para la Educación

Padres y representantes del sector el viñedo  en Barcelona Estado Anzoátegui, denuncian que la directora RICARDA SANCHEZ, de la  “Escuela BOLIVARIANA ILUSTRE SIMÓN BOLÍVAR” a los niños que están en la primera etapa de preescolar, los docentes estarían  obligando a la compra de útiles escolares , que están prohibida  por el ministerio educación 



El Ministerio para la Educación ordenó la eliminación de algunos documentos y requisitos para la inscripción o prosecución de estudios en el subsistema de educación básica. La supresión de trámites se corresponde con lo establecido en la Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos.
Por tanto, está prohibida la solicitud de fotocopia de la cédula de identidad, así como originales y fotocopias de las partidas de nacimiento de los representantes y los estudiantes, por lo que para el momento de la inscripción solo se necesita presentar el documento que corresponda.


Del mismo modo, la circular del Ministerio para la Educación establece que tampoco “podrán solicitarse constancias de trabajo ni de residencia, ni cualquier otro requisito similar como condición para la inscripción o prosecución de estudios”. También está prohibido solicitar la impresión de documentos, instructivos o encuestas que supongan un gasto de dinero para los interesados.
La exigencia de listas de útiles escolares, aportes económicos o en especies para la inscripción o prosecución de estudios en los planteles educativos también está prohibida, así como “las llamadas colaboraciones, como resmas de papel, materiales de limpieza o materiales de oficina, no podrán señalarse como condición para la inscripción”.
Igualmente, no se deben solicitar a los representantes fotocopias ni originales de documentos emitidos por el Ministerio para la Educación, reseñó una nota de prensa.
Cabe destacar que la Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos tiene como principio la presunción de buena fe por parte de las personas, y en tal sentido, “en caso de ausencia de algún documento se tomará como válida la declaración de la persona responsable y la administración realizará control posterior para verificar en caso de dudas, la certeza de la declaración”, cita la circular.
Queda claro que la inscripción se realiza en los casos en que un estudiante ingresa a un plantel por primera vez, como sucede en la educación inicial, primer grado de educación primaria, primer año de educación media o cambio de plantel. Entonces, si un o una estudiante va a iniciar estudios en el siguiente grado o a repetir un grado o año de estudios, se trata de prosecución de estudios.

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