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FUNDA.PDEN, la acción ordenada por la docente, viola la Lopnna en su Artículo 38.
Prohibición de esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso.
Ningún niño, niña o adolescente podrá ser sometido o sometida a cualquier forma de esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso.
Y las leyes venezolanas dicen que es el Estado el encargado de dotar las instituciones educativas en el constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su párrafo
El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo
Es decir no son los niños los que deben dotar colegios
Ningún niño, niña o adolescente podrá ser sometido o sometida a cualquier forma de esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso.
Y las leyes venezolanas dicen que es el Estado el encargado de dotar las instituciones educativas en el constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su párrafo
El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo
Es decir no son los niños los que deben dotar colegios
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