La Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en 1989,
aprobó en plenaria la
Convención de los Derechos del Niño y la Declaración de los
Derechos del Niño, los cuales conforman un conjunto de normas sin precedentes,
que fueron suscritas y ratificadas por la República , las cuales por demás, gozan de
carácter internacional para proteger la infancia en forma inalienable e
invulnerable
En el papel todos los países del mundo
tienen la voluntad política y moral de respetar y garantizar los derechos
fundamentales del niño, a vivir, a tener una familia que lo proteja, el derecho
a la identidad y a la ciudadanía, a la salud, educación, al juego, a la
recreación, a recibir un trato respetuoso y considerado, y además a respetar el
derecho a crecer y desarrollarse en un ambiente sano, seguro, y en condiciones
de vida adecuadas.
Nuestra Carta Magna es un gran compendio
en materia de derechos y garantías ciudadanas, así como de los derechos
sociales y fundamentales de la familia, la cual es considerada en la misma como
la célula más importante de la sociedad, a la cual el Estado tiene la
obligación asistir y proteger.
De acuerdo a la Constitución Nacional
Bolivariana, el respeto a los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes,
comienza con su protección integral desde el momento de su concepción, durante
el embarazo, nacimiento, hasta crecimiento del nuevo ser.
Los niños como sujetos de plenos derechos,
están protegidos por la
Constitución , por las leyes (LOPNNA) y demás órganos y
tribunales de la República ,
los cuales establecerán las medidas prioritarias y necesarias, que garanticen
el cumplimiento de la patria potestad y otras obligaciones propias de la
infancia y de la pubertad.
Recordar que todos los ciudadanos y
ciudadanas de la República ,
tenemos la obligación de proteger a nuestra infancia, creando condiciones
ambientales y jurídicas, que permita el desarrollo de una vida familiar física
y mental sana, a sabiendas que ellos serán los hombres y mujeres que en el
futuro tomarán las riendas de la patria buena.
Recordar que como defensores de los
Derechos Humanos, tenemos como máxima prioridad el deber constitucional de
denunciar a funcionarios o instituciones públicas, que por negligencia, omisión
o acción incurran en violaciones los derechos fundamentales de nuestra infancia.
Abog. Algimiro Añez M
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