ABOGADOS DEL CMDNNA DE SOTILLO DESCONOCEN LOS DERECHOS HUMANOS DE NIÑOS

Ante la denuncia  enviada a nuestro correo denuncias.educativas@gmail.com
Del cobro en la ESCUELA CONCENTRADA LA FLORESTA, ubicada en la población de la floresta del municipio sotillo del Estado Anzoátegui, todos los días lunes los casi 200 niños que asisten a dicha escuela rural, deben pagar 10.BF , supuestamente pagar el derecho a la alimentación, el niño que sus padres no puedan pagar tal aporte al niño se les he negado el derecho alimentarse, eso si con carácter obligatorio debe firmar un libro que esta ingiriendo el alimento que viene del programa PAE que es un programa gratuito del gobierno nacional, la docente ZULEIMA GUILLEN es la encargada de cobrar con tal severidad tal cuotas económicas a niños , quien supuesta-mente manifiesta que la orden de cobrar tal derecho a la alimentación y educación es orden de la directora domenica flores, nuestra ONG envió un oficio al CMDNNA del municipio sotillo cuyo presidente es el abogado julio fuentes, para que acudieran al colegio y aplicaran una medida prohibiendo tales cobros que violan el derecho a educación, el día de hoy 19 junio 2014,se nos  informó que el consejo educativo DEL SECTOR EN CONJUNTO CON LA DIRECTORA  habría llevado una acta avalando el cobro, ya que no cuentan con un transporte de los alimentos del programa, PAE, presuntamente el CMDNNA avalo tales cobros porque habría un acta que dice que es una colaboración tal pago que es obligatorio, esto nos confirman que lo abogados que trabajan en el sistema protección desconocen los derechos humanos de los niños consagrados en la LOPNNA y lo que significa el interés superior del niño
La Constitución  de la República Bolivariana de Venezuela es clara en su art,25:

Todo acto dictado en el ejercicio del Poder Publico que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o lo ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores, ESTO SIGNIFICA QUE LOS ACUERDOS QUE SE REALIZAN  PARA COBRAR O IMPONER LAS CUOTAS ECONÓMICAS DISFRAZADAS DE SUPUESTA “COLABORACIÓN”,  VIOLAN EL DERECHO HUMANO A UNA EDUCACIÓN GRATUITAque están consagrados en los artículos 102,103 CRBV, 53, LOPNNA, tales cobros se convierten en un delito

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