Acción solicitada: Al Señor Presidente de la República de Colombia, JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.


Su Excelencia, Señor Nobel Doctor JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN Presidente de la República de Colombia Carrera 8 N° 7 – 26 Palacio de Nariño Bogotá D.C. E. S. D. 

De nuestra mayor consideración y aprecio.
Ref: Acción solicitada: Al Señor Presidente de la República de Colombia, JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.
 
Por favor, escriban a las autoridades Departamentales y Municipales, Personerías Municipales, Policía Nacional y Ejército Nacional de Colombia urgiéndolas a:
  
      i.         Asegurar que los responsables de los hechos perpetrados en contra de las personas defensoras de derechos humanos sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, para aplicarles las sanciones penales previstas por la ley;
 
     ii.         Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de las personas defensoras agredidas por los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado, para que no puedan producirse represalias por sus actividades;
 
   iii.         Poner fin a todo tipo de criminalización, estigmatización y señalamientos de las personas defensoras de derechos humanos, que en él participan activamente en su actividad;
 
    iv.         Implementar políticas de reconocimiento, incluyendo el reconocimiento público por parte del Presidente de la República de Colombia y otros altos funcionarios, de la importancia de la legítima labor llevada a cabo por los defensores y defensoras de derechos humanos en Colombia;
 
     v.         Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2.
 
    vi.         De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Colombia.
  vii. Señor Presidente Juan Manuel Santos, nos están matando y nadie hace nada, a usted como Jefe de los colombianos, Nobel Mundial de Paz, tome las medidas necesarias para proteger la integridad física y la misma vida de los defensores y defensoras de derechos humanos.
viii. Hacemos un llamado a líderes sociales y defensores de derechos humanos que no están agremiados, para que lo hagan de inmediato a fin de estar respaldado por la organización respectiva.

RAZONES DE HECHOS Y FUNDAMENTOS JURIDICOS


1-.) En virtud del mandato constitucional este informe es amparado en el Derecho de Petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos de los artículos 5 y 6 del Código Contencioso Administrativo, y la Ley 1437 de 2011, y a recibir respuesta de fondo suficiente, efectiva y congruente de acuerdo a la Honorable Corte Constitucional de Colombia, en fallos de Sentencias T-377 de 2000, T-1160A de 2001, entre otros.
2-.) La Corte Constitucional, en sentencias C621 DE 1997, T377 del 2000, T-487 del 2001, y el Consejo de Estado Sección Cuarta, en Sentencia 99-07-09 expediente 9409, establecieron que las comunicaciones recibidas por medio electrónico tienen el mismo valor jurídico que las recibidas en la ventanilla de la entidad.
Con copia: CIDH, OEA, ONU, ONGs, Nacionales e Internacionales.
Sin perjuicio de lo expuesto, aprovecho la oportunidad para reiterarle a nombre de la ONG, nuestros sentimientos de la más alta consideración y estima.

Atentamente,



Doctor GILBERTO RODRIGUEZ YEPES
Código de Registro AH5007987
Director General en Colombia
ACCIÓN HUMANA POR LA PAZ Y LOS DERECHOS HUMANOS
ONG INTERNACIONAL

Revisado: Doctor Silvio Álvarez Almenares – Abogado – Asesor Jurídico Proyecto Desarrollo de Personas: Alex Daniel Rodríguez Yepes Delegado para Relaciones Internacionales y Protocolo: Fredy Yesith Ricaurte Saumeth ACCIÓN HUMANA ONG

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