Ante el hecho grave ocurrido en la
GUARDERÍA SUEÑOS MÁGICOS, ubicada en la calle prolongación altos de Belén,
paralelo al centro comercial videmar en la avenida caracas, parroquia san
Cristóbal, del municipio simón bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui. Una madre,
escucho una niña y otro bebe lloraban fuerte, para sorpresa cuando ingresó a la guardería se pudo
observar con sus propios ojos que su bebe y otros niño estaban atados a una silla pequeña,
uno frente al otro a distancia. Allí se encontraban solo dos personas la madre
MALTRATADORA MAYRA GUEVARA y otra de nombre Jessica, ante tan terrible hecho se
denunció ante los órganos del sistema de protección, FUNDA.PDEN, al conocer el caso
de manera inmediata envíos a sus abogados de protección a solicitar ante el
CMDNNA de Bolívar activar una medida de protección
contemplado en el artículo 126. LOPNNA
Una vez comprobada la amenaza o violación a
que se refiere el artículo anterior, la autoridad competente puede aplicar las
siguientes medidas de protección
LITERAL; g)
Separación de la persona que maltrate a un niño, niña o adolescente de
su entorno.
EL CMDNNA; manifestó con sus asesores jurídicos que no se podía violar el derecho al trabajo a la persona señalada como maltratadora de niños, es decir tiene un desconocimiento total el significado de la protección de niños y mas aun el significado del interés superior de niños y adolescentes, mientras tanto 14 niños están en riesgo de ser vulnerados sus derecho al buen trato, articulo 32 LOPNNA
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