Les escribimos a la fundación pro
defensa del derecho a la educación y la niñez,
para denunciar como estudiantes
del 5.to año bachillerato del Liceo
Bolivariano Coronel Juan Bautista Bideaux. Ubicado en Barcelona Estado
Anzoátegui, por denunciar que nos
obligaron hacer un curso a todos los estudiantes en 500.bfs, por alumno
supuestamente para aprobar la materia de matemática y física, y luego nos la aplazaron, decidimos como adolescentes
y derechos que tenemos consagrados en la LOPNNA, con lo cual pedimos el cambio de los
profesores que nos impartían dicha materias y recogimos firmas y la entregamos
a la directora, NERY SALAZAR , la
profesora Mary Rivas nos reunió 25-06-2015, para informarnos que por haber
denunciado los cobros de los cursos y no haber guardado silencio, ella tenía la
lista de los que firmaron porque la directora se la entrego y que se olvidaran de graduarse porque estarían aplazado, que vallan donde les
dé la gana, y que ella tendría varios abogados que actuarían en contra del
estudiante que se atreva denunciar y el internet que publique su reclamo o denuncia,
así que quedaron para en el mes de
septiembre casi 70 alumnos sean reprobados,
FUNDA.PDEN, la directora violo el articulo 32 ;Derecho a la Integridad Personal. y 65 Lopnna en su Parágrafo Primero: Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los niños y adolescentes contra su voluntad o la de sus padres, representantes o responsables. Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o informaciones, a través de cualquier medio, que lesionen el honor o la reputación de los niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar.
Lopnna en su Artículo 285. Obligatoriedad de la denuncia penal.
Comprobado en sede administrativa que existen indicios de maltrato o abuso en perjuicio de un niño, niña o adolescente, la denuncia penal debe ser presentada en forma inmediata. No se admitirá acción contra el denunciante o la denunciante que actúe en protección de tales niños, niñas o adolescentes
Comprobado en sede administrativa que existen indicios de maltrato o abuso en perjuicio de un niño, niña o adolescente, la denuncia penal debe ser presentada en forma inmediata. No se admitirá acción contra el denunciante o la denunciante que actúe en protección de tales niños, niñas o adolescentes
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