CON LA FIRMA DE ASISTENCIA DE PADRES AL COLEGIO ,PRIVADO APRUEBAN DE MANERA IN-CONSULTA AUMENTO EXAGERADOS

Padres y representantes denuncian que los colegios privado utilizan  las firma de asistencia de convocatorias a padres para tratar asunto de los representados, y luego el aumento aparece luego de tal asistencia con lo cual fueron engañados los padres, como si ello estuvieron de acuerdos con tal aumento, una vez que vienen los reclamos, el colegio privado  empieza las amenazas , si no tienes para pagar llévate tú hijo  a un  colegio público, presumiendo que estaríamos en la incursión del delito  estafa por dueños de colegios privados
La viceministra de Comunidades Educativas Soraya El Achkar, instó a todas las escuelas de gestión privada del país a acatar la Resolución 114, “la cual convoca a los padres, madres y familias en general a tomar las decisiones relacionadas con el incremento de la matrícula escolar”.
“Ninguna institución de gestión privada del país puede aumentar el costo de la matrícula de manera unilateral, arbitraria y caprichosa. Esa medida debe responder a la convocatoria respectiva y al consentimiento de los representantes cuyos hijos se forman en dichos centros educativos”, enfatizó El Achkar.
Agregó que el procedimiento obliga a las escuelas a presentar la estructura de costos correspondiente, el presupuesto y los balances económico-financieros respectivos, “los cuales deben ser transparentados antes de su presentación a los padres, madres y representantes”.
En esa línea, reiteró que ninguna institución escolar puede trabajar al margen de ese procedimiento porque estaría incurriendo en una falta que ameritaría la intervención del Ministerio del Poder Popular para la Educación y de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundee).
“La Resolución 114 tiene plena vigencia y las instituciones de gestión privada del país tienen que ajustarse a los parámetros correspondientes, los cuales establecen el procedimiento a seguir para la definición del costo de la matrícula

Pasos para el aumento

Como primer paso para establecer la matrícula, la resolución indica que la directiva del plantel debe publicar en un sitio visible de la escuela el estudio económico correspondiente al año lectivo que culmina, en este caso 2014-2015, y la propuesta de presupuesto para el año próximo, 2015-2016.
Esta propuesta deberá incluir dos partes claramente diferenciadas: costos y gastos asociados a lo operativo y pagos del personal, así como proyectos de inversión para el nuevo año escolar.
Luego de esto, la Asamblea Escolar, formada por la directiva y los padres, deberá elegir un comité especial conformado por cinco padres, madres o representantes que estudie la estructura de costos en un lapso de 10 días hábiles.
Al culminar estos diez días, la Asamblea Escolar convocará una reunión extraordinaria para fijar el monto de la matrícula y mensualidades, ajustado a la estructura de costos, gastos e inversiones de la escuela.
El monto que decidan establecer los padres no podrá ser modificado por la directiva, ni por los propietarios de los colegios, ordena la resolución.
Igualmente indica que “la matrícula no podrá exceder en ningún caso el monto de una mensualidad”.
Las instituciones privadas que imparten clases a adultos y a jóvenes aplicarán, en cuanto sea compatible, este procedimiento para fijar el monto de su matrícula.

Y el monto aprobado no puede supera el 30% que establece la ley de costo y servicios justo


Ley de Orgánica de Precios Justos

Artículo 32. El margen máximo de ganancia será establecido anualmente, Atendiendo criterios científico, por la SUNDDE, tomando en consideración las Recomendaciones emanadas de los Ministerios del Poder Popular con competencia en las materias de Comercio, Industrias y Finanzas. En ningún caso, el margen de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización excederá de treinta (30) puntos porcentuales de la estructura de costos del bien o servicio.

La SUNDDE podrá determinar márgenes máximos de ganancia por sector, rubro, espacio geográfico, canal de comercialización, actividad económica o cualquier otro concepto que considere, sin que estos superen los máximos establecidos en el presente artículo.

1 comentario:

Unknown dijo...

Me parece un abuso que los colegios privados tomen decisiones sin consultar con los representantes, mi hija estudia en un colegio el cual aumento el 200% sin derecho a poder cambiar dicha decisión

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