Hola
buenas tardes le escribe una representante que denunció el caso de la maestra
Carmen Reyes de la Escuela Monseñor J.M Pellin del municipio Carlos Arvelo, Estado,
Carabobo. Hoy después de mas de un mes se dio la cita con el defensor escolar,
en esta reunión no estuvo presente la licenciada que estaba llevando el caso.
El profesor que nos atendió les dio la razón en todo momento a la maestra y a la directora del plantel, la Maestra pone los cuadernos
en el piso porque esta limpio no porque trate mal al estudiante que no haga bien
las tareas. Por favor alguien que me ayude a entender como es que uno denuncia
las irregularidades y maltratos en las escuelas y terminan apoyando a la
docente maltratadora mi niño ya no quiere ir mas al colegio por temor a mas
violencia hecha por la docente un S.O.S
al CMDNNA que intervengan por el interés superior de los niños,
consagrado en los derechos humanos de los niños en la convención internacional y lo que dice
ARTÍCULO 254 DE LA LOPNNA. TRATO CRUEL O MALTRATO
El artículo reza lo siguiente: “Quien someta a un niño, niña o adolescente bajo su autoridad, responsabilidad de crianza o vigilancia, a trato cruel o maltrato, mediante vejación física o psíquica, será penado o penada con prisión de uno a tres años, siempre que no constituya un hecho punible será sancionado o sancionada con una pena mayor. El trato cruel o maltrato puede ser físico o psicológico.
No hay comentarios:
Publicar un comentario