Artículo 112 del Reglamento General de la Ley De Educación
el Artículo 112 del
Reglamento General de la Ley De Educación .
Éste artículo reza:
“Cuando el 30% o más de los
alumnos no alcanzaren la calificación mínima aprobatoria en las
evaluaciones parciales, finales de reparación o revisión, se aplicará a
los interesados, dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de dicha calificación, una segunda forma de evaluación
similar, sobre los mismos objetivos, contenidos y competencias, bajo la
supervisión y control del director del plantel o de cualquier otra
autoridad asignada por el Ministerio de Educación, todo ello sin
perjuicio de los análisis que resulten aconsejables y procedentes según
el caso. La calificación obtenida en esta segunda oportunidad será la
definitiva.”
ella se hace solidaria y apoya que sean aplazados los estudiantes
por un punto en la materia y teniendo puntos extra cátedra y no se los
pone por sospechar que hayan roto el código del silencio que
operan en la educación que les permite mantener los negocios como lo hace Yanet
González con la venta yogurt, y maneja
la fundación ZARAY y maneja el proyecto socio productivo de
hacer cera, cloro desinfectante y es la coordinadora de la misión árbol, se presume que esta comerciante con la utilización
de estudiantes en sus propósito recoge mas de 20.000BFs, mensual y que hace sus regalitos a directivos y algunos socios en el liceo, antes recogía mas dinero cuando era directora
ya que ponía a los niños hacer el mecatazo, esta mujer en su afán de mantener sus negocios
en una oportunidad mando a sus profesores a quemar la radio
comunitario, podrán verlo en el siguiente links:
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