Un juez pide atender también la violencia familiar contra los hombres

En los fundamentos de una condena a una mujer a 17 años de prisión, Alberto Crucella, dice que es una realidad "que no es atendida". Una historia terrible detrás de la condena a una mujer. Mirá.

Se dieron a conocer los fundamentos la sentencia de la Cámara 6ª del Crimen de Córdoba que dispuso condenar a 17 años de prisión a una mujer por golpear a sus hijos, apuñalar a su esposo y cometer un abuso sexual gravemente ultrajante contra su hija adolescente, con la finalidad de incriminar a su pareja del ilícito.
En su voto, el camarista penal Alberto Crucella esgrimió que “la terrible violencia sobre la mujeres” puede ocultar otra realidad, mucho menor, pero que también debe ser atendida: el maltrato a los hombres. “El hombre –afirmó el magistrado- es parte de esa familia donde ocurre la violencia doméstica y ésta ya se ha convertido en un problema de salud pública porque tiene efectos destructivos en los niños”.
El camarista señaló que la psicología mayoritaria parece acordar que el hombre golpeado “siente vergüenza profunda por su debilidad, su imagen masculina disminuida, la figura del ‘macho’ le impide hablar pues ello implica no solo burlas hacia su persona sino que es difícil que la sociedad le crea”.
“No podemos ignorar que esta otra cara de la violencia familiar también existe y debe tratarse. Esta es sin duda la mejor manera de proteger a nuestros niños pues la violencia doméstica, familiar o intra familiar comprende todos los actos violentos producidos en el seno del hogar y que se perpetra contra un miembro de la familia, y acá entra tanto la violencia contra la mujer, contra el hombre y por supuesto el maltrato infantil”, precisó el camarista.
Finalmente, Crucella argumentó: “Los padres -como primera célula social- debemos ayudar al Estado en sus medidas prevencionales contra la violencia y comprender que la Justicia, por muy salomónica que sea, nunca resolverá nuestros conflictos y el de nuestros hijos mejor que nosotros mismos. Ya es hora que los niños dejen de pagar las facturas de los mayores”.
El fallo, además de imponer una pena de prisión a la mujer por los delitos de agresión calificada, lesiones leves calificadas, coacción calificada y coacción, y abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, también ordena al Servicio Penitenciario de Córdoba que someta a la condenada a un tratamiento psicológico y psiquiatrico acorde a la problemática que presenta e informe bimestralmente al tribunal interviniente sobre su evolución.
Además del juez Crucella, la Cámara 6ª del Crimen estuvo integrada por los vocales Julio Guerrero Marín y Daniel Ottonello

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